El pasado 16 de febrero se aprobó en el Congreso la nueva Ley del aborto que no entrará en vigor hasta su publicación en el BOE. En realidad, es una ampliación de los derechos y matización de algunas cosas que ya recogía la actual ley (Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo). Hay tres cambios fundamentales en esta ley que me gustaría comentar.
Una de las modificaciones que aplaudo es la eliminación de los tres días de reflexión hasta ahora obligatorios y la entrega de información sobre las “alternativas y ayudas” en el caso de seguir adelante con el embarazo. En la actualidad, las mujeres que deciden abortar tienen que acudir a una clínica privada acreditada. Allí son recibidas por una trabajadora social que les entrega un sobre con medidas de ayuda a la maternidad. La finalidad de esta acción es que la mujer reflexione en su casa durante al menos tres días antes de realizar el aborto. Esa ha sido la ley hasta hoy. Me he puesto a imaginar lo absurdo que sería si nos hicieran lo mismo en otras situaciones, por ejemplo, vas a comprarte un coche y te dicen que no puedes, que te vayas a tu casa a reflexionar y vuelvas en tres días, o alguien que vaya a ponerse pelo a una clínica privada. Puede sonar a broma, pero démosle una vuelta. ¿Por qué el aborto merece esa reflexión? La mujer que llega a una clínica para abortar lleva reflexionando desde el momento que se hace la prueba de embarazo, y cuando toma esa decisión lo único que desea es que pase cuanto antes, no que alguien la envíe a su casa a reflexionar. Suprimir estos tres días “de reflexión” es un logro hacia la autonomía de las mujeres, y es increíble que hayamos tenido que vivir tres leyes para llegar hasta aquí. La interrupción voluntaria del embarazo (IVE) para muchas mujeres es la mejor decisión para finalizar un embarazo no planificado, y no debería generar otras consecuencias más allá del proceso en sí mismo. Continuar un embarazo sí que conlleva muchas consecuencias y en nuestro medio nunca he escuchado que a una mujer se le de información para que reflexione en sentido contrario.

Esto nos lleva a la siguiente modificación. Las mujeres de 16 a 18 años y las mujeres con discapacidad no estarán obligadas a pedir permiso a sus tutores legales para acceder a la IVE.
Este derecho ya aparecía en la ley de 2010 pero fue modificada en 2015 por el PP por el exceso de celo hacía esta franja de edad.
Recuerdo que cuando se aprobó la ley en 2010 yo estaba trabajando en un Centro Joven de Anticoncepción y Sexualidad perteneciente a la Federación de Planificación Familiar. Puedo asegurar que las pocas chicas de esa franja de edad que acudieron solicitando una IVE llegaban siempre acompañadas de alguno de sus tutores. Solo recuerdo un caso en la que una mujer de 17 años acudió sola y se la convenció para que al día siguiente viniera acompañada de uno de sus padres y poder contar con ese apoyo. Me consta, por otros centros, que los casos en los que no se comunicaba a los padres estaban relacionados con importantes conflictos familiares. La consigna entre quienes nos dedicamos a la anticoncepción es que todas las mujeres, independientemente de la edad, estén acompañadas y cuenten con el mejor apoyo, especialmente las menores. Me cuesta entender el énfasis que se pone en el hecho de que una menor aborte y sin embargo no nos preocupemos por la continuación de un embarazo en menores. En la consulta de medicina de familia he visto demasiadas veces esa otra opción y las consecuencias: madres menores que tienen que renunciar a su vida y cargar a sus familias con una persona más, abuelas que hacen de madres, madres que hacen de hermanas, familias más precarias, niños con padres ausentes, estudios abandonados y futuros truncados.

El tercer cambio es el más estructural; se blinda el acceso al aborto en la red sanitaria pública, que tiene que ser la que permita la garantía del derecho. La ley garantizará la objeción de conciencia como un derecho individual y será regulada del mismo modo que en la Ley de Eutanasia para garantizar que siempre haya personal disponible para la Interrupción Voluntaria del Embarazo. En este sentido, la norma deja claro que quien se declare objetor, lo será tanto en la sanidad pública como en la privada. Esperemos que esto se cumpla y el aborto sea realmente un derecho que podamos ejercer en todos los centros públicos, y que las mujeres no tengan que hacer desplazamientos de cientos de kilómetros para ejercer este derecho. Esto no era así hace 25 años, yo hice el MIR en el Hospital Severo Ochoa y afortunadamente allí el servicio de ginecología realizaba abortos con los criterios de entonces, mucho más restrictivos que los actuales, pero en espacios públicos. Actualmente en la Comunidad de Madrid el aborto solo se realiza en clínicas acreditadas para la IVE. Un pasito “palante” un pasito “patrás”.
Raquel Rodríguez Rodríguez
Médica de familia y comunitaria y miembro del Gdt Atención a la Mujer Somamfyc